Actualmente, existen dos modalidades de autoproducción:

Modalidad individual
Solo hay un punto de suministro eléctrico asociado a una instalación de generación.

Modalidad colectiva
Hay varios puntos de suministro eléctrico asociados a una o varias instalaciones de generación.
En ambos casos, los paneles fotovoltaicos no tienen por qué estar situados en el mismo edificio en el que vivimos y consumimos (red interior), sino que basta con que estén situados en una localización próxima a nosotros (a través de red). Solamente tiene que cumplir uno de estos tres requisitos; la instalación y los autoconsumidores deben:
- Estar conectados a baja tensión a una distancia menor de 500 metros. Esta distancia se amplía a 2.000 metros en el caso de instalaciones fotovoltaicas que estén sobre la cubierta, en zona industrial o en estructuras artificiales donde su función principal no sea la producción de energía (por ejemplo, las marquesinas de parkings).
- Estar conectados a la red de baja tensión del mismo centro de transformación.
- Compartir los primeros 14 dígitos de la referencia catastral.
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Normalmente, las empresas instaladoras se ocupan de llevar a cabo los trámites necesarios para poder realizar y legalizar la instalación.
Los trámites varían en función de la ubicación de la instalación (por comunidad autónoma y localidad) y de las características de esta (tipo de instalación, modalidad de excedentes, etc.).
Todos los trámites necesarios para legalizar la instalación vienen recogidos en la guía que ha realizado el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.
En el momento de pedir uno o varios presupuestos a empresas instaladoras, es importante asegurarse de que estos incluyen los trámites de legalización, que vienen recogidos en la guía que ha realizado el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.
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