¿QUÉ OCURRE CON LOS EXCEDENTES DE ENERGÍA?
Según la normativa, hay varias opciones:
El autoconsumo sin excedentes
Los excedentes generados por los paneles solares no se pueden inyectar a la red. En consecuencia, la energía generada no utilizada de forma instantánea se pierde.
Esta modalidad puede tener sentido en casos particulares, pero no se recomienda de forma general, ya que gran parte de la energía generada es desechada al no poder ser vertida a la red.
El autoconsumo con excedentes
En esta opción, la energía generada y no utilizada de forma instantánea sí que puede ser vertida a la red y, por lo tanto, puede ser aprovechada. La normativa propone dos opciones:
Compensación simplificada de excedentes | Venta de excedentes (modalidad con excedentes no acogida a compensación) |
Pueden optar a esta modalidad las instalaciones de energías renovables inferiores a 100 kW, que sean tanto individuales como colectivas. Aquí, nuestra comercializadora nos compensa mes a mes por los excedentes que vertemos a la red. Esto se traduce en un descuento mensual en nuestra factura de la luz, hasta llegar a 0 € en el término de consumo | Esta modalidad está pensada para instalaciones en las que se prevé que haya muchos excedentes, pues permite vender en el mercado eléctrico, a través de un representante de mercado, toda la energía sobrante que tengamos en ese mes sin ningún tipo de límite. Se considera como una actividad económica, por lo que es necesario darse de alta como productor de energía y supone más trámites administrativos y fiscales que la compensación de excedentes. |
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